Feministas
presentaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) un “Amicus Curiae” para que considere de manera completa, exhaustiva y
con perspectiva de género la designación de una candidata mujer en el presente
proceso electoral de Oaxaca donde está en disputa la gubernatura.
Fue
el pasado 11 de marzo cuando las feministas presentaron un Amicus Curiae donde
se pide al Tribunal Federal que no se discrimine a las mujeres como de manera
histórica se ha realizado en Oaxaca, entidad donde nunca ha sido gobernado por
una mujer desde que fue creado por decreto del Congreso de la Unión el 3 de
febrero de 1824.
Cabe
mencionar que el caso de la candidatura de Morena se encuentra en los
tribunales federales debido a que la senadora Susana Harp Iturribarría,
aspirante a la gubernatura, pide que se respete la voluntad popular, ya que un
55 % de personas encuestadas en Oaxaca, pidió candidata”.
Sin
embargo, por un proceso interno amañado en Morena designaron como candidato a
Salomón Jara Cruz, por lo que Harp Iturribarría recurrió al Tribunal Electoral
Federal para impugnar la decisión de la dirigencia del Partido Movimiento de
Regeneración Nacional (Morena) por violar los principios de paridad.
Ahora,
las defensoras feministas Margarita Daltón Palomo, Yésica Sánchez Maya,
Josefina Guadalupe Aranda Bezaury, María Leticia Briseño Maas, Ana María
Hernández Cárdenas, Angélica Ayala Ortiz, Blanca Rosa Castañón Canals y María
de Lourdes López Velasco, presentaron alegaciones al Tribunal para ponderar
medidas afirmativas y los principios de igualdad sustantiva y paridad de género
mediante la alternancia, en las candidaturas.
Según
Wikipedia el Amicus Curiae es una expresión latina utilizada para referirse a
presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen
voluntariamente su opinión, demanda o exhorto jurídico.
Consideran
irrenunciable que en Oaxaca “la paridad sea piso, no techo” para acortar la brecha de desigualdad
estructural para las mujeres.
A
efecto de que su voz sea tomada en cuenta por el TEPJF, feministas expertas y
de larga trayectoria en defensa y promoción de los derechos feministas,
defensoras de derechos humanos de las mujeres, con larga trayectoria a favor de
la igualdad, integrantes de la sociedad civil, investigadoras y académicas con
amplio trabajo a nivel comunitario, local, nacional e internacional de las
mujeres han presentado un Amicus Curiae.
Al
destacar el derecho a la participación paritaria de las mujeres en el presente
proceso electoral de Oaxaca, en el Amicus Curiae se presenta una serie de
argumentos teóricos, legales y de responsabilidad internacional en materia de
igualdad sustantiva, los cuales se han acercado al Tribunal en aras de que sean
tomados en cuenta al momento de resolver con perspectiva de género.
Las
que suscribieron el documento destacan la urgencia de que al momento de
resolver el Tribunal Federal tome en cuenta las recomendaciones de organismos
internacionales a México por parte del Comité de la CEDAW para promover la
compatibilidad de las cuotas, de forma que las mujeres tengan posibilidades
reales de ser elegidas.
También
ponen de relieve que la igualdad sustantiva y las acciones afirmativas se
encaminan a garantizar una oportunidad real de participación efectiva y
ejercicio de cargos de las mujeres en la vida pública del país, eliminando
cualquier impedimento que pudiera existir.
Agregan
que el partido político Morena jamás ha propuesto a una mujer para la
gubernatura en el estado de Oaxaca y que por mandato constitucional los
partidos políticos locales deben establecer la paridad y la alternancia en las
candidaturas a los cargos de elección popular.
Por
otro lado, María Soledad Jarquín Edgar, María del Rocío Solís Fajardo, Elia
Díaz González, María Cristina Galante Di Pace, Bellanira López Sánchez,
Virginia Díaz González, Tzinnia Carranza López y Concepción Silvia Núñez
Miranda, también firmantes del Amicus Curiae, subrayan que “la paridad es un
piso, no un techo” para acortar la brecha de desigualdad estructural de las mujeres
que las deja en desventaja con relación a los hombres.
Agregan
que la decisión de “respetar el género” para favorecer a un varón es un
despropósito jurídico contra el principio de paridad y los derechos políticos
de las mujeres.
Hacen
hincapié en lo establecido por organismos como la Convención Sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, jurisprudencias de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, así como tratados de la Declaración Universal
de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Igualmente, ponen de relieve las diversas recomendaciones hechas al Estado
mexicano por el comité CEDAW y que se deben asumir al momento de resolver.
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