Se destapa cloaca en Subsecretaria del Servicio Nacional de Empleo, Luis Carlos Alarcón Jaquez hostiga, acosa, manda ordena, da horario "el que no le gusta se friega"

 


1).- Es el caso que el día 01 de Agosto del año 2020, inicié a laboral para el Servicio Nacional de Empleo, SUBSECRETARIA DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DURANGO; dependiente de LA SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE DURANGO con domicilio en Calle Alberto Terrones 107 Sur, Zona centro C.P 34,000 Durango, Dgo, donde la suscrita prestaba mis servicios subordinados en el puesto o categoría de Concertador Empresarial, consistiendo mis faenas en la implementación de las estrategias y acciones para vincular al Servicio Nacional de Empleo con los empleadores y actores clave del mercado laboral, asesorar y orientar a las empresas para identificar sus necesidades de recursos humanos, registrar y promover vacantes, asimismo apoyar en el proceso de reclutamiento y selección de personal, entre otras tras actividades; por dicho trabajo subordinado, se me retribuía por concepto de salario quincenal la cantidad de $5,250.50 (SON: CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 50/100 MN) pago que se me realizaba sin tener en cuenta las fechas de pago, es decir, las fechas de pago serían los días quince y últimos de cada mes, sin embargo la patronal depositaba a la tarjeta de nómina en la institución bancaria denominada Grupo Financiero Banorte, BANORTE, hasta con quince días de retraso, cubriendo un horario de las 8:00 horas a las 16:00 horas de lunes a viernes, descansando los días sábados y domingos.

 

Así las cosas en el mismo mes de Agosto la suscrita le comunique al C. LUIS CARLOS ALARCÓN JÁQUEZ quien cuenta con el puesto de Subsecretario de la SUBSECRETARIA DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DURANGO que me encontraba embarazada, que contaba con 12 semanas de gestación, obteniendo por parte del subsecretario una respuesta molesta, diciéndome "Para que te embarazabas, para ver sabido que te ibas a embarazar tan rápido ni siquiera te hubiera contratado".

 Desde ese momento la relación laboral con el C. LUIS CARLOS ALARCÓN JÁQUEZ cambio drásticamente, obteniendo un trato de hostigamiento y acoso laboral por parte de él, negándome mis derechos como lo son de lactancia, vulnerando los días de incapacidad, la cual ya tenía autorizada, obligándome a ir a firmar recibos de nóminas y contratos a la fuente de trabajo sabiendo que me encontraba incapacitada y con una cirugía por el parto que había tenido.

2).- Desde mi ingreso laboral al servicio de la a SUBSECRETARIA DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DURANGO, solicite que se me brindara la inscripción al Instituto al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, pero me era negada alegando que ello me provocaría el pago de impuestos y que de esta manera era mejor para mí, otorgándome dicho derecho hasta el mes de noviembre del 2020, aun y cuando la patronal tenía conocimiento de mi embarazo, omitió otorgarme el derecho de seguridad social, por tal motivo la suscrita tenía que erogar diversas cantidades para poder recibir la atención medica correspondiente, ultrasonidos, tener un historial de mi embarazo, estar en revisión constante por la situación de gestación en la que me encontraba, para de esta manera monitorear los avances de mi embarazo, en ese sentido la suscrita recibí la terrible noticia por parte de los médicos que me encontraba ante un embarazo de alto riesgo por lo que necesitaba tener cuidados especiales, para evitar la pérdida de mi hijo.

3).- El día 05 de octubre del año 2020 la suscrita presente síntomas de COVID-19, por lo que acudo a la institución médica Cruz Roja de esta ciudad Durango, Dgo., derivado que no contaba con el derecho a la seguridad social, obteniendo resultado negativo a la enfermedad del COVID-19.

4). Posteriormente a mediados del mes de Noviembre de la anualidad 2020, emanado del aumento de los contagios dentro del personal que labora para la subsecretaria demandada, la suscrita y otros compañeros de trabajo comenzamos a laborar bajo la modalidad Home Office, realizando todas las actividades que se me fueron encomendadas, citándome en el domicilio de la fuente de trabajo en reiteradas ocasiones a firmar recibos de nóminas y contratos por órdenes del C. LUIS CARLOS ALARCÓN JAQUEZ, bajo la amenaza que si no me presentaba a firmar no podría cobrar mi salario, sin importarles a mis superiores mi estado de gestación, encontrándome en un grupo vulnerable frente a la pandemia del virus COVID-19, inclusive los demandados emitieron una circular para efecto que las madres con hijos menores de edad no se presentaran a laborar, circunstancia que tampoco respetaron a sabiendas que la suscrita tengo un menor de edad, además del bebé producto de mi último embarazo.

5). En ese panorama desde el día 18 de febrero del año 2021, fecha en donde la suscrita comenzaba a gozar de la incapacidad que me fue otorgada por la propia subsecretaria demanda consistente en tres (3) meses y después del nacimiento de mi hijo que aconteció el día 26 de febrero de la presente anualidad, la patronal me siguió citando en el domicilio de la fuente de trabajo para para firmar nóminas y otros documentos, lo anterior bajo las órdenes del C. LUIS CARLOS ALARCÓN JÁQUEZ quien cuenta con el puesto de Subsecretario de la subsecretaria demandada, bajo la amenaza que si no me presentaba a firmar los documentos que me eran requeridos no podría cobrar mi salario, sin importarles mi salud, sin importarles que la suscritita acababa de tener a mi menor hijo, asimismo la patronal me retraso el pago de mi incapacidad por el trascurso de un mes, de igual forma la subsecretaria demandada tuvo conocimiento que la suscrita tuve complicaciones con el parto, por lo que se me realizo una cirugía la cual requería reposo y cuidados especiales, sin embargo a la patronal no le importaba, presionándome para que fuera a firmar a la fuente de trabajo diversos documentos, realizando actos de hostigamiento laboral.

6.- Es el caso que el día 13 y 14 de mayo del 2021, por órdenes y amenazas del C. LUIS CARLOS ALARCÓN JÁQUEZ se me obligo acudir a un curso impartido por el Instituto de Capacitación y Centro Evaluador de Competencias Laborales REEDUK, con una duración de 16 horas, sin respetar el periodo de incapacidad de tres (03) meses que me fue otorgado, dicho periodo de incapacidad inicio el día dieciocho (18) de febrero del año 2021 y termino el día dieciocho (18) de mayo de la presente anualidad, hecho que se acredita con la constancia de participación en el curso de referencia, la cual se agrega como anexo al presente ocurso de demanda.

7.- Así las cosas, en diversas ocasiones la suscrita solicite a mis superiores la C. SONIA DE LOS REYES CISNEROS, C. MARIA DE JESÚS ROJAS DÍAZ, y al propio C. LUIS CARLOS ALARCON JÁQUEZ mi derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo establecido en el ordinal 170 Fracc. IV, consistente en los dos reposos de media hora para alimentar a mi menor hija, obteniendo negativas por parte de mis superiores, a tal grado que el día 03 de junio de la presenta anualidad el C. LUIS CARLOS ALARCÓN JAQUEZ de una forma grosera y burlesca me dijo "MIRA AQUI EN ESTE TRABAJO MANDO YO, POR ESO NO TE VOY A DAR TU HORARIO PARA QUE LE DES DE COMER A TU HIJA, AQUÍ MANDO YO Y TE FRIEGAS".

8.- Por último, los demandados, desde el inicio de mi relación laboral y principalmente desde que tuvieron conocimiento de mi embarazo, jamás cesaron los actos de acoso y de hostigamiento laboral, inclusive después del nacimiento de mi bebé, dicho acoso, hostigamiento fue más allá, pues se me negó mi derecho a la lactancia, es decir a alimentar de manera natural a mi recién nacido hijo, ello ya constituye una violación no solo a mis derechos humanos como mujer, y madre, sino también una violación a los derechos de mi recién nacido, todo el acoso y hostigamiento que sufrí durante el tiempo que existió la relación laboral fue coronada con mi despido de mi trabajo lo cual aconteció el día 07 de julio de 2021, precisamente en el domicilio de la fuente de trabajo aproximadamente a las 10:00 horas cuando fui abordada por el C. DANIEL CAMACHO quien dice funge como jurídico de los demandados y que por orden de los demandados tenía que firmar unos documentos a firmar, sin darme la oportunidad a leerlos, simplemente de una forma hostil y grosera el C. DANIEL CAMACHO me presionaba a que firmara tales documentos, insisto, sin darme la oportunidad de darles lectura, a lo cual me negué rotundamente, ante tal negativa el C. DANIEL CAMACHO me dijo que estaba despedida, que me retirara y que ni me atreviera a demandar o intentar alguna acción en su contra, al pedir una explicación de mi despido, solo me insistió que eran órdenes del secretario del trabajo y del subsecretario del servicio nacional de empleo en Durango.

9.- Hago del conocimiento a éste H. Tribunal para todos los efectos legales a los que haya lugar, que la suscrita inicie diverso juicio laboral en contra de los hoy demandados en diversa fecha ante éste Autoridad, turnándole número de expediente TLB/205/2021.

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