DE ĂLTIMA HORA NOS ENTERAMOS DEL NOMBRAMIENTO DEL NUEVO
SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.
Luego de haber capturado y vinculado a proceso al anterior
Secretario General.
PUES AL DARLE UNA REVISADA A LA LEY ORGĂNICA. ENCONTRAMOS
QUE EL NUEVO SECRETARIO NO REĂNE LOS REQUISITOS DE LEY PARA TAL ENCARGO.
En efecto si revisamos el artĂculo 35, tenemos que para ser
Secretario se requieren los mismos requisitos que para ser Juez đ§⚖️⚖️.
Luego al revisar el artĂculo 27 tenemos que para ser JUEZ đ§⚖️ se
requiere:
Un examen de oposiciĂłn ❌đ«
Una convocatoria para el examen de oposiciĂłn ❌đ«
Y
El requisito de la preferencia.
Qué significa que el nombramiento deberå ser otorgado a una
persona que se haya desempeñado precisamente en el Poder Judicial.
Entonces, al no llenar
tales requisitos, su nombramiento resultar ilegal.
MĂĄxime que en el Tribunal SUPERIOR de JUSTICIA hay personal
que tiene muchos años y con bastante experticia.
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